BASKETZARAGOZA.net Informa que tod@s l@s abonad@s de CASADEMONT ZARAGOZA podrán solicitar desde el lunes día 2 hasta el miércoles 25 de agosto, la compensación por el importe correspondiente al abono de la temporada 2020/2021 (Abono 2021) que, por las restricciones normativas impuestas por las autoridades, han impedido la disputa de partidos con público en el pabellón Príncipe Felipe.

 

OPCIÓN 1: Colaboración con la FUNDACIÓN BASKET ZARAGOZA.

El abonad@ renuncia a la compensación económica directa, realizando una donación a favor de la Fundación Basket Zaragoza, cuyo importe se destinará ÍNTEGRAMENTE a potenciar los proyectos deportivos y sociales realizados por la entidad.

La Fundación Basket Zaragoza emitirá el correspondiente certificado de la donación a los efectos de la desgravación fiscal que corresponda al abonado por la misma*.

En caso de elección de esta opción, y como muestra de agradecimiento, el Club facilitará GRATUITAMENTE las entradas para los partidos de play-offs (si Casademont Zaragoza alcanzase los mismos), correspondientes a las eliminatorias de cuartos de final y semifinales de: Liga Endesa ACB, FIBA EUROPE CUP y Liga Femenina Endesa, que NO estarán incluidas en el abono de la temporada 2021/22.

 

OPCIÓN 2: Compensación del importe abonado en la temporada 2020/21 mediante descuento del importe de renovación del abono para las temporadas 2021/22 y 2022/23.

La compensación se realizará mediante el descuento de la cantidad pagada por el abonado (Abono 2021), en el importe de los abonos a pagar durante las próximas dos temporadas: Abono 21/22 (-descuento del 50% del importe pagado en la T.20/21) y Abono 22/23 (-descuento del 50% restante, del importe pagado en la T.20/21).

 

El plazo de solicitación de la compensación ha finalizado.

Si tiene cualquier problema, no dude en contactar con nosotros a través de info@basketzaragoza.net

* Incentivos fiscales:

Los donativos a Fundación Basket Zaragoza darán derecho al donante al siguiente beneficio fiscal:

- En el caso de que Vd. sea una persona física, una deducción en la cuota del IRPF del año 2020. La deducción se calcula en dos tramos: el 75% por los primeros 150€ del donativo y 30% por el resto. El importe de la deducción está limitado al 10% de la Base liquidable del IRPF y los posibles excesos no son trasladables a ejercicios posteriores.

- En el supuesto de que Vd. sea una persona jurídica, una deducción en la cuota del IS del año 2020 igual al 35% del importe donado. Como contrapartida, el importe de la donación se considera gasto no deducible. La deducción está limitada al 10% de la base imponible de este impuesto, pero los posibles excesos sobre este límite son trasladables a futuros ejercicios.